viernes, marzo 03, 2023

La despenalización de la injuria y calumnia

El Gobierno Nacional ha presentado ante el Congreso de la República un proyecto de ley que reforma al Código penal y una de las propuestas más interesantes es la de derogar la regulación sobre los delitos de injuria y calumnia, con excepción de la injuria por vías de hecho.

Esta es una propuesta profundamente liberal y de ser aprobada ubicaría a Colombia junto con México, Estados Unidos y Jamaica, como los únicos países del continente americano en donde los excesos de la libertad de expresión que lesionen los derechos a la honra y reputación no son sancionados desde el Derecho penal. 

La atipicidad penal de los ejercicios abusivos de la libertad de expresión es coherente con los más altos estándares internacionales que son los defendidos por la Comisión Interamericana: respecto a las leyes de desacato, es decir la protección penal privilegiada de la honra y reputación de los servidores públicos, desde 1994 ha sostenido su incompatibilidad con la Convención Americana pidiendo su derogación; y respecto a los tipos de difamación, esto es la protección penal igualitaria para todos los involucrados en discursos de interés público o de interés privado ha pedido la derogación desde el año 2000. 

A nivel de la Corte Interamericana si bien desde el Caso Palamara Iribarne Vs. Chile de 2005 respaldó la derogación de las leyes de desacato, ha sido dubitativo frente a las leyes de difamación pues pese a que en todos los casos contenciosos ha concluido que la sanción penal en asuntos de interés público resulta violatoria a la libertad de expresión, e incluso en el Caso Uzcátegui Vs. Venezuela de 2012 sostuvo que el simple procesamiento penal puede violar esta libertad, nunca ha exigido a los Estados la derogación de la difamación.

La propuesta del gobierno no elimina las responsabilidades por los excesos de la libertad de expresión tanto en asuntos públicos como privados, pues de aprobarse la reforma aquello será un tema que deba abordarse ahora desde el Derecho constitucional y Derecho civil. 

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