“Drogos de Colombia: ¡fuera del servicio público!”: Alejandro Ordoñez
“Drogos de Colombia: ¡fuera
del servicio público!”: Alejandro Ordoñez
Si has decidido divertirte con
la marihuana – o eres un marimbero consumado –, o en tu camino por ser un Jimi
Hendrix criollo has experimentado con los ácidos – ¡o gloria inmarcesible para
el LSD que se quiso utilizar como analgésico para los soldados durante la
segunda guerra mundial y terminó empujando el movimiento contracultural de los
años sesenta en los Estados Unidos! –, o te pegas pases de cocaína para
reactivarte o ya estás perdido en ella, o… bueno si andas con el bazuco de
seguro no tendrás acceso a un computador y si lo tienes poco comprenderás de
estas líneas, o mejor dicho si metes cualquier sustancia alucinógena para
soportar la vida en esta sociedad convulsionada, debes saber que serás excluido del
servicio público colombiano, y que ya no tendrás que correr solo de la Policía,
sino también de la Procuraduría General de la Nación.
Lo anterior se desprende del artículo
56.3 del proyecto de Código General Disciplinario, recientemente aprobado por
el Congreso de la República y que fue redactado a instancia de Alejandro Ordoñez
Maldonado, defensor de la moral, baluarte de la fe católica y adalid de la vida
cristiana y las buenas costumbres, que establece como falta gravísima –sancionable
con destitución e inhabilidad de hasta 20 años– consumir en el trabajo o en sitios públicos
sustancias prohibidas que causen dependencia síquica, o asistir al trabajo
borrachito o trabado por tres veces.
Este y otros puntos fueron
objetados por el Presidente de la República quien decidió no sancionarlo como ley.
Señaló el Presidente que:
- Consumir
este tipo de sustancias en lugares públicos ni siquiera podía ser considerado
como falta gravísima, ya que no guarda relación con el horario de trabajo, además
- la
jurisprudencia constitucional ha considerado tal conducta como una expresión del
libre desarrollo de la personalidad (Ver C-491 de 2012), y que
- Sancionar
disciplinariamente a alguien por ser un consumidor viola el principio de
proporcionalidad.
A lo anterior, hay que añadir
lo pretencioso que puede resultar perseguir disciplinariamente la ingesta de
estupefacientes en los sitios públicos. Si tú ya no te aguantas una jornada
laboral sin consumir, o llegas totalmente ido a desempeñar tu cargo público
tienes sin duda problemas e importas pero para el sistema de salud pública, no
para una autoridad disciplinaria.
La doctrina y la misma
Procuraduría han destacado que los síndromes de abstinencia o dependencia al
alcohol o algún alucinógeno afecta la comprensión de la persona de su actuar ilícito,
por lo que no puede ser sancionado disciplinariamente.
El proyecto de ley vuelve al Congreso
de la República, quién sabe qué pasará. Lo que está claro es que Ordoñez quiere
perseguir a homosexuales, ateos, comunistas, masones, enfermos terminales y
ahora a los drogos.
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