LA GÉNESIS DE UN TRIUNFO
El
obtener del Segundo Lugar en la 3ra edición del Concurso sobre Derecho y Desarrollo
organizado por el Instituto OMG de la República Dominicana, además de las
celebraciones propias de este tipo de galardón, amerita recordar cómo empezó el
proyecto de Vivienda Digna y Acciones Constitucionales.
Tras concluir en junio de 2010 el proyecto de
Derecho de familia era necesario que sus integrantes –Jefferson Concretas,
Carlos Frías y yo– comenzáramos con nuevas investigaciones. Jefferson se
orientó con el proyecto de Hijo de Crianza en Colombia –que hasta el día de hoy
es el que más visibilidad nacional le ha otorgado a HERMES–, y Frías y yo
empezamos uno sobre acciones constitucionales. Esencialmente, de la mano de
nuestro Tutor de Investigación Óscar Acevedo, queríamos estudiar su génesis y
analizar su desarrollo a partir de la doctrina constitucional en el período
1991-2011. A este propósito se nos unió
inicialmente Andrés Parra y tiempo después el gran Mario Ríos.
Pues bien, correspondió a los nuevos
integrantes el análisis de las actas de la asamblea constituyente, a Frías las
implicaciones del querer ser un Estado social de Derecho y a mí el desarrollo
de las mismas entre 1886 y 1991. De mi trbajo salió el ensayo “"Poder y
exclusión. Un ensayo introductorio sobre las actuales acciones constitucionales
bajo la Constitución de 1886” publicado en el N° 62 de Temas Socio-Jurídicos.
Todo de la mano de la Introducción de “Las Piezas del Derecho” Manuel Atienza y
Juan Ruíz Manero. De los demás hay dos documentos aun sin publicar.
Con los alti-bajos propios de la
investigación formativa fuimos llevando a cabo el proyecto hasta que nos dimos
cuenta que teníamos un objeto de investigación bastante amplio.
Por lo anterior solicitamos una reunión con
el Dr. Laureano Gómez Serrano. Su propuesta fue reducir el proyecto a un solo
derecho, y surgieron las propuestas: que el artículo 43 derecho de las mujeres
nos dijo el maestro, pero recordó que de eso ya habían escrito las mujeres y
que se vería muy mal que cuatro hombres hablaran del tema. Mi miedo –el cual le
expresé– consistía en perder lo que llevábamos escrito y que el proyecto quedará muy
reducido, a lo que recordó que el “Discurso del Método” era un libro chiquito
que había cambiado al mundo. ¡Como si fuéramos Descartes”
Pues bien ahí vino la propuesta finalmente
aprobada: ¡Vivienda Digna! Lo propuse porque intuí –y no erré- que Atienza nos
serviría de mucho –ya había sido flechado por su doctrina–. Pero bueno, lo
importante de la historia fue cómo conocí ese derecho, que no fue en mis clases
de constitucional colombiano.
Resulta que un día de planta, más precisamente
un viernes porque era ese día que mi gran amiga Paola Pedraza tenía conmigo, llegó una de sus
paisanas a comentarnos una situación que había tenido especial resonancia
regional debido a que derivó en la sanción disciplinaria de inhabilidad para
ejercer cargos públicos de 6 meses en contra del malogrado Alcalde de
Piedecuesta, Jorge Navas. Pues bien, si mal no estoy, él había iniciado un
programa de vivienda de interés social y ya había otorgado subsidios de
vivienda para un conjunto residencial. O sea que ya había creado derechos
subjetivos frente a personas concretas –pero en ese momento no lo entendí así–.
No huelga recordar que los monitores no tenían ni idea del derecho a la
vivienda digna, y no sé a cuenta de qué habían decidido que los que pertenecíamos
al grupo que atendía a desplazados por la violencia conocíamos de ese tema, por
lo que todas las consultas sobre la materia nos las dirigían a nosotros.
Pues bien, resulta que el terreno sobre el
cual se pensaba construir el proyecto urbanístico en el POT estaba destinado
para la realización de un parque –de allí la sanción disciplinaria del
Alcalde–. Ante esa situación me pregunta la señora “Doctor, ¿Qué puedo ´meter’
para que me den mi casa: acción de tutela, popular o de grupo? Porque derecho
de petición ya ‘puse’”
Juro que sentí miedo, me había dejado frío
con esa pregunta. Deseaba repetir mi parcial final de derecho constitucional
con Osilda Ramírez en el que fui un fiasco total antes de responderle!!!
Tome aire y lo pensé hasta que obtuve una respuesta con la que podía despachar
a la señora: “Mire, mientras que el Concejo Municipal no cambie el POT y
destine esa zona para la construcción de vivienda urbana no hay nada que se
pueda hacer, los concejales son los competentes para eso…. ¿qué ellos han
manifestado el apoyo a ustedes? Pues mi señora no lo están dando realmente”.
Tiempo después supe que el Concejo Municipal
no podría hacer mucho. Por ley, debe haber determinados espacios verdes por zonas
urbanizadas, y el lote que se quería destinar para la construcción del proyecto
de vivienda era digamos la cuota del sector. A estas alturas de la
investigación, aunque no he analizado ninguna sentencia de Tutela, sé que el
principio de confianza legítima llevaría a que las resultas de esas inconsistencias
tuviesen que ser afrontadas por la administración municipal y no por los
beneficiados de los subsidios ya otorgados.
Pero volvamos a la reunión con Laureano: el
tema le gustó, y le preguntó al Dr. Mario Guevara sobre cuántas familias habían sin vivienda
digna en Colombia y cuánto costaba construir cada una. Tras hacer la respectiva
multiplicación y obtener la cifra final exclamó “No!!! Eso es como tener una
novia ninfómana, uno solo no puede”.
Nos dejó en libertad de escoger, y dos años
después obtuvimos este triunfo que ha internacionalizado a HERMES y desde luego
a sus autores.